La sociedad Gordillo Jaime & Asociados, S.C., pone a su entera disposición servicios de litigio fiscal, tanto en las áreas administrativas y aduanera que se tramitan ante el Servicio de Administración Tributaria, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, como a su vez, juicios de amparo en sus dos modalidades –directo e indirecto-, ante los Tribunales del Poder Judicial de la Federación, y en su mismo aspecto los servicios en el ámbito Penal-Fiscal ante las Agencias Investigadoras de la Procuraduría General de la República y los Juzgados de Distrito, estampando en cada uno de ellos el profesionalismo y honradez que nos distingue.
Nuestros servicios de litigio fiscal ante las autoridades administrativas del SAT son:
- La interposición oportuna del Recurso de Revocación ante las Administraciones Jurídicas.
- El desahogo y/o presentación de las pruebas ofrecidas en el Recurso de Revocación.
- La formulación de alegatos dentro de los procedimientos aduaneros.
- Asesoría legal gratuita en las áreas fiscales que en adelante se describirán, velando de antemano por los intereses y mayor conveniencia de quienes acuden buscando una solución verdadera y eficaz.
Ofrecemos litigar administrativa y jurídicamente los actos emitidos por el SAT, vía recurso de revocación y juicio de nulidad hasta su total conclusión contra:
- La imposición de multas.
- Requerimientos de pago y embargo.
- Congelamiento de cuentas bancarias.
- Revisión de gabinete.
- Ordenes de visita domiciliaria y contabilidad electrónica.
- Negativa de devolución de saldo a favor.
- Consultas fiscales.
- Procedimientos Administrativos en Materia Aduanera, Reconocimiento Aduanero.
- Determinaciones de créditos fiscales.
- Así mismo, se ofrece defensa legal en materia de Delitos Fiscales, tales como contrabando; presunción de contrabando; defraudación fiscal; delitos contra el RFC; delitos derivados de ocultamiento de la contabilidad; depositaria infiel, entre otras derivadas de la Ley Tributaria Federal.
- Se formulan y tramitan juicios de Amparos Administrativos contra los actos fiscales que han quedado descritos en párrafos anteriores, así como amparos contra nuevas disposiciones legales federales.